• Declaran a Quillota como zona saturada por partículas tóxicas

    Próximamente, en el Diario Oficial, será publicado el decreto supremo N°107, que declara como zona saturada por material particulado a la provincia de Quillota y a las comunas de Catemu, Panquehue y Llay-Llay, en la provincia de San Felipe.

    El documento, que fue firmado por el Presidente Sebastián Piñera, la ministra del Medio Ambiente, Carolina Schmidt, y el ministro de Salud, Emilio Santelices, recibió el pasado 28 de mayo la toma de razón por parte de la Contraloría General de la República, dado que el material particulado MP10 (ver recuadro) excede la norma establecida. "La Contraloría ha tomado razón de la declaración de zona saturada por material particulado 10 como concentración anual y, de zona latente por material particulado 10 como concentración diaria", especificó la seremi de Medio Ambiente, Victoria Gazmuri.

    De acuerdo a los antecedentes expuestos en el decreto supremo, la declaración de zona saturada se determinó a partir del promedio trianual de los años 2015, 2016 y 2017, en donde la norma primaria de calidad de aire para MP10 fue superada. En tanto, para la concentración diaria, se observó que durante los años 2016 y 2017, se registraron concentraciones superiores al 80% de la norma primaria de calidad de aire.

    "Es una buena noticia"

    Javier Cisterna, encargado del Departamento de Medio Ambiente de la municipalidad de Quillota, destacó que se trata de un decreto supremo que no es específico para Quillota, sino que para toda la provincia además de las otras comunas, debido a que las concentraciones anuales de MP10 y la concentración diaria en estado de latencia, han sobrepasado la norma. "Eso nosotros lo hemos visualizado en varias declaraciones de impacto ambiental donde hemos observado eso. La mayor concentración de MP10 en todos los estudios y declaraciones que se han presentado, se muestra en la estación La Cruz, donde siempre está por sobre la norma. En las estaciones de Quillota los monitoreos no superan la norma, pero andan cerquita", explicó.

    Respecto de cómo se produce el MP10, Cisterna precisó que se puede dar por varias condiciones como "vehículos, polvo en suspensión, emisiones atmosféricas, incluso la calefacción por leña, pero no a alguna actividad específica". El encargado del departamento medioambiental comentó que el tema se viene hablando "informalmente desde hace varios años" y que es una buena noticia, "porque la declaración de saturación obliga al Estado y no al municipio, a generar planes de descontaminación y prevención, lo que sería una súper buena herramienta para nosotros a objeto de poder evaluar los proyectos ambientales o algunas actividades que generen contaminación".

    Consulta pública

    La seremi de Medio Ambiente, Victoria Gazmuri, acotó que después de la publicación del decreto supremo en el Diario Oficial, el ministerio de Medio Ambiente debe generar la resolución de inicio que señala que señala que en el transcurso de 12 meses prorrogables, se deberá contar con el anteproyecto del plan de prevención y descontaminación atmosférico, el cual posteriormente será sometido a consulta pública. "Dicha acción permite al Ministerio de Medio Ambiente implementar medidas de gestión ambiental que permitan dar cumplimiento a los estándares nacionales en materia ambiental con el fin de proteger la salud de las personas y del medio ambiente", manifestó.J

  • ¿Qué es el material particulado?

    El material particulado (MP) es un contaminante atmosférico que corresponde a aquellas partículas líquidas o sólidas que se encuentran en suspensión, siendo posible clasificarlo según su diámetro en MP10 (grueso) y MP2,5 (fino). El primero es aquel en que las partículas tienen un diámetro menor a 10 micrones (o micrómetros), y el segundo, en que las partículas tienen un diámetro menor a 2,5 micrones. Por lo mismo, el MP2,5 se encuentra contenido en el MP10. También existe el denominado MP ultrafino, de alrededor de 0,1 µm de diámetro. Fuente: ministerio del Medio Ambiente.